Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Publio Ferreras contra la Sentencia núm. 001-022-2020-SSEN-00185, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero del año dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: habilita al tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sentencia. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Extemporaneidad: causal de inadmisibilidad (TC/0543/15; TC/0652/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.