Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Henrikus Petrus Antonuis Disveld contra la Sentencia núm. SCJ-PS- 23-0376, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfacción parcial de los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, literales a y b, y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0369/19). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la violación al derecho fundamental debe ser imputable de modo inmediato y directo a una acción u omisión del órgano jurisdiccional (art. 53.3.c LOTCPC; TC/0355/18). Tribunal Constitucional: no podrá revisar cuestiones relativas a los hechos (art. 53.3.c LOTCPC; TC/0023/14). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: carácter extraordinario y subsidiario, es decir, excepcional. Imputabilidad de violación de derechos fundamentales al órgano jurisdiccional: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 53.3.c LOTCPC; TC/0029/20; TC/0169/20; TC/0389/20). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite. Voto particular: Beard Marcos y Reyes Torres.