Detalle sentencia TC/0236/20

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Publicación: Martes 06 de Octubre , 2020 / 07:47 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0038

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el señor César Santiago Rutinel Domínguez contra la Resolución núm. 4802-2017, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintidós (22) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

 

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: La presentación ante el tribunal constitucional de recursos que tienen por objeto asuntos incidentales que no ponen fin al procedimiento y que, por ende, ordenan la continuación del juicio, en la medida en que no resuelven el fondo del asunto, son ajenos al propósito fundamental del recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional (TC/0130/13). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: Condición: No son pasibles de revisión constitucional aquellos fallos emitidos sobre asuntos incidentales «que no ponen fin al procedimiento y que, por ende, ordenan la continuación del juicio, en la medida en que no resuelven el fondo del asunto (TC/0130/13). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: Resulta evidente que la justicia ordinaria –ni la especializada- no debe sobreseer ninguna cuestión que esté ventilando en sus tribunales, en la espera de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre recursos contra decisiones que no culminan el proceso de manera definitiva e irrevocable (TC/0354/14; TC/0023/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Distinción entre cosa juzgada formal y cosa juzgada material Inadmisible (TC/0153/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Sólo resultan admisibles los recursos de revisión de decisión jurisdiccional interpuestos contra decisiones jurisdiccionales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada material (TC/0153/17). Tribunal Constitucional: Se trata de una sentencia incidental en medio de un proceso penal, el cual debe ser inadmitido. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. Voto particular: magistrados Beard Marcos y Castellanos Khoury.

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06/10/2020
tc-0236-20-tc-04-2019-0038.pdf
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