Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el Ministerio de Educación de la República Dominicana contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN- 00346, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de julio de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Juez de amparo: no aplicó los requisitos de procedencia de la acción de amparo de cumplimiento. Juez de amparo: no valoró los elementos fácticos. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al Tribunal para conocer la acción (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento: satisfacción parcial de los requisitos de procedencia (arts. 104, 105 y 106 LOTCPC; TC/0009/14). Acción de amparo de cumplimiento: no permite suspender resoluciones administrativas. Accionante: sus pretensiones no se corresponden con el objeto de la acción de amparo de cumplimiento. Acción de amparo de cumplimiento: es improcedente cuando se persigue impugnar la validez de un acto administrativo (art. 108, literal d, LOTCPC; TC/0514/22). Acción de amparo de cumplimiento: improcedente.