Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por la Dirección General de la Policía Nacional respecto de la Sentencia núm. 0030- 04-2021-ETSA-00705, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de diciembre del dos mil veintiuno (2021); y la Sentencia núm. 0030-04- 2022-SSEN-00313 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiséis (26) de mayo del dos mil veintidós (2022). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Fusión de expedientes: improcedencia en el caso concreto, pues versan sobre una demanda distinta a la solicitud (TC/0094/12). Juez de amparo: facultad de recibir solicitudes de medidas cautelares en cualquier etapa del proceso (arts. 86 y 54.8 LOTCPC). Solicitud de medidas cautelares: inexistencia de plazo para el apoderamiento del Tribunal Constitucional. Extemporaneidad: incidente rechazado. Demanda en solicitud de suspensión: Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00705. Demanda en solicitud de suspensión: la sentencia relativa al fondo del recurso de revisión constitucional ya fue dictada (TC/0600/23). Falta de objeto: causal de inadmisibilidad (art. 44 Ley 834; TC/0059/21). Demanda en solicitud de suspensión: inadmite. Demanda en solicitud de suspensión: Sentencia núm. 0030-04-2022-SSEN-00313. Demanda en solicitud de suspensión: criterios de procedencia (TC/0250/13). Apariencia de buen derecho: criterio de procedencia no satisfecho. Demanda de suspensión de ejecución de sentencia: rechaza. Voto particular: Beard Marcos.