Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Quepe Tours S.R.L. y Maderas Los Palmares S.A. contra la Sentencia núm. 1646/2021 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de junio del año dos mil veintiuno (2021). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18). Jueces de fondo: interpretación de disposición legal conforme a las circunstancias del caso (art. 1341 CC). Valoración de las pruebas: facultad exclusiva de los jueces de fondo (TC/0307/20). Suprema Corte de Justicia: debe establecer si los tribunales verificaron la legalidad de las pruebas (TC/0307/20). Suprema Corte de Justicia: no contradicción de criterios. Principio del debido proceso: configuración (TC/0331/14). Derecho al debido proceso: las partes tuvieron la oportunidad de expresarse y los jueces valoraron las pruebas presentadas. Precedente constitucional: no vulneración (TC/0331/14). Derecho a la prueba: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.