Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el Ayuntamiento del Municipio Santiago contra la Sentencia núm. 0514-2020-SSEN-00185 dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago del primero (1ro) de junio del año dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 94, 95, 96, 97, 98 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13). Acción de amparo ordinario: carácter general (art. 65 LOTCPC; TC/0205/14). Acción de amparo de cumplimiento: carácter especial (art. 104 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: requisito, plazo y fundamento legal (art. 107 LOTCPC). Resolución 198-18: inclusión en el presupuesto, alcance y finalidad. Administración local: fundamento constitucional (art, 199 Constitución). Administración pública: constituye la unidad básica para la articulación y formulación de las políticas en todo el territorio nacional. Ayuntamiento: responsabilidad presupuestaria (art. 4 Ley 86-11). Resolución 198-18: excluye de su ámbito de aplicación y alcance a las instituciones que conforman los gobiernos locales. Alcaldes: atribución de la formulación del proyecto de presupuesto municipal y sus modificaciones. Juez de amparo: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma.