Detalle sentencia TC/0204/21

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Publicación: Jueves 08 de Julio , 2021 / 01:51 P. M.

Referencia: TC-06-2020-0001

La acción de amparo directo incoada por Wanderlif Terrero, Oscar Riquelme García Vólquez y Máximo Starlin Veloz Javier contra la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y la Asociación Dominicana de Administradores de Fondos de Pensiones(ADAFP) por presunta violación a su derecho fundamental a la propiedad sobre los valores cotizados en los fondos de pensiones.

Sumario

Acción directa de amparo. Tribunal Constitucional: incompetente (art. 185.4 Constitución; art. 94 LOTCPC). Acción de amparo: garantía de los principios constitucionales (art. 7.3 LOTCPC; TC/0085/12; TC/0036/13). Acción de amparo: protege derechos fundamentales (art. 72 y 74 LOTCPC). Tribunal Constitucional: incompetente (TC/0012/13; TC/0044/13; TC/0047/13; TC/0004/13; TC/0089/18). Tribunal Constitucional: competencia revisora (arts. 185 y 277 Constitución; arts. 53, 54 y 94 LOTCPC; TC/0004/13; TC/0044/13). Acción directa de amparo: competencia (TC/0036/13). Jurisdicción apoderada: obligación de establecer cuál es la jurisdicción competente (TC/0044/13; TC/0082/13; TC/0212/13; TC/0089/18). Juez de primera instancia: competente (art. 72 Constitución). Tribunal competente: jurisdicción contencioso administrativa (art. 75 LOTCPC). Tribunal Constitucional: declara su incompetencia. Voto particular: magistrado Vásquez Sámuel.

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08/07/2021
tc-0204-21-tc-06-2020-0001.pdf
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