Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Bernardo Nicolás Ferreras Ferreras contra la Sentencia núm. 321-2013, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de septiembre del año dos mil trece (2013).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 94 y siguientes LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos admisibilidad (arts. 95 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0007/12). Tribunal constitucional: cambió su precedente en relación con los casos relativos a las desvinculaciones de los miembros de la Policía Nacional. Jurisdicción contencioso administrativa: vía idónea. Cambio de precedente: aplicabilidad (TC/0235/21). Cambio de precedente: no aplica en la especie. Juez de amparo: incorrecta aplicación de la norma. Acción de amparo: plazo para su interposición. Acto administrativo único: efectos inmediatos (TC/0364/15; art. 70.2 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: Beard Marcos y Castellanos Pizano.