Relativo a la demanda en suspensión incoada por los señores José Ramón Mejía Castillo y Rafael Eduardo Adames Gutiérrez respecto de la sentencia núm. 48, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el primero (1ero.) de febrero del dos mil diecisiete (2017). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (art. 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión: criterios de procedencia. Demanda en solicitud de suspensión: ausencia de circunstancias excepcionales que la justifiquen (TC/0250/14). Demanda en solicitud de suspensión: parámetros de procedencia cuando se trate de una pena privativa de libertad (TC/0103/20). Demanda en solicitud de suspensión: insatisfacción de los parámetros de procedencia. Demanda en solicitud de suspensión: rechaza. Voto particular: Ayuso.