Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Normand Masse, contra la Sentencia núm. 087/2014, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el quince (15) de diciembre de dos mil catorce (2014). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los tres (3) días del mes de abril del año dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Principio de celeridad: habilita al tribunal para fusionar expedientes. Fusión de expedientes: no configuración de procedencia y alcance. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de inadmisibilidad (arts. 54.1 y 53 LOTCPC). Pago de gastos y honorario: prescripción (art. 2273 CC). Suprema corte de justicia: correcta aplicación de la norma. Principio de legalidad: no se configura. Principio de seguridad jurídica: no se configura. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Vásquez Sámuel y Ayuso.