Detalle sentencia TC/0171/19

Compartir:
Publicación: Viernes 21 de Junio , 2019 / 12:03 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0371

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Miguel Ángel Espinosa Eusebio contra la Sentencia núm. 00285/2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cuatro (4) de julio de dos mil dieciséis (2016). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Sentencias de amparo: son recurribles en revisión y tercería (Art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (Art. 95 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0007/12). Declaración del imputado: validez (Art. 104 CPP). Derecho a la no auto incriminación: fundamento legal (Art. 13 CPP). Derecho a la no auto incriminación: aplicación (TC/0048/12). Proceso disciplinario: debe informarse al ciudadano que puede ser asistido por un defensor. Policía nacional: deber de garantizar la defensa técnica. Policía nacional: no existe ninguna prueba de que el ciudadano renuncio a ser asistido por un defensor. Derecho de defensa: vulneración (Art 68 Constitución). Sanciones disciplinarias: procedimiento (Ar.t 69 y 70 ley núm. 96-04). Derecho al debido proceso: naturaleza de la violación (TC/0499/16). Procedimiento administrativo sancionador: alcance (Art. 42 ley núm. 107- 13.) Derecho al debido proceso: ausencia de juicio disciplinario. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite y acoge. Acción de amparo: admite y acoge. Tribunal constitucional: impone una astreinte (Art. 93 LOTCPC). Voto particular: Beard Marcos, Jiménez Martínez, y Castellanos Pizano.

Mostrar PDF en otra pestaña
21/06/2019
tc-0171-19.pdf
293.17 KB