Detalle sentencia TC/0170/20

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Publicación: Miércoles 17 de Junio , 2020 / 05:21 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0206

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Sociedad Nacional Cruz Roja Dominicana y los señores Ligia Leroux de Ramírez, Miguel Sanz, Noelisa Paula, Andrés Terrero, Harry Romero, Enrique Marchena, Tomás Leyba y Pablo B. Pérez contra la Sentencia núm. 036-2019-SSEN-00782, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintiséis (26) de junio de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo: Avocación (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14; TC/0127/14). Acción de Amparo: Naturaleza (T-901-07 Corte Constitucional de Colombia). Mecanismo preferente de protección de los derechos fundamentales, cuyo ejercicio debe estar dirigido a obtener su amparo efectivo e inmediato frente a los actos u omisiones que los amenacen o vulneren (TC/0187/13; TC/0099/14). Acción de Amparo: No puede ser entendida como una instancia idónea para tramitar y decidir conflictos de rango legal (TC/0187/131; TC/0099/14). Sentencia del Tribunal Constitucional: Definitivas e irrevocables (art. 184 Constitución; art. 31 LOTCPC). Acción de Amparo: Manifiestamente improcedente (Art 70.3 LOTCPC); (TC/0038/14; TC/0306/15). Acción de Amparo: Inadmisible. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: magistrados Beard Marcos y Jiménez Martínez.

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24/06/2020
tc-0170-20-tc-05-2019-0206_-k.pdf
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