Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la Asociación Nacional de Importadores, Inc. (ANI) contra la Sentencia núm. 0030-04- 2018-SSEN-00449, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0406/14; TC/0007/12). Juez de amparo: no valoró las pretensiones exactas de la accionante. Defecto fáctico: criterio (TC/0265/22). Juez de amparo: incurrió en una violación al debido proceso como consecuencia de la desnaturalización de los hechos y de los elementos probatorios. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: aplicación (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento: objeto (art. 104 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: finalidad (TC/0009/14). Acción de amparo de cumplimiento: norma o acto cuyo cumplimiento se demanda debe tener un mandato claro y preciso (TC/0515/22). Acto administrativo: no cumple con el mandato del artículo 104 de la Ley núm. 137-11. Acción de amparo de cumplimiento: no se debe procurar que se inaplique una normativa. Acción de amparo de cumplimiento: improcedente. Voto particular: Gil y Ayuso.