Detalle sentencia TC/0165/18

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Publicación: Martes 17 de Julio , 2018 / 07:54 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0249

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Luis Manuel Calderón Castillo contra la Sentencia núm. 66-2016, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciocho (18) de febrero de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Sentencias de amparo: recurribles en revisión o tercera (Art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (Art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Juez de amparo: mala apreciación y desatinada aplicación del precedente. Arma de fuego: condiciones al derecho de propiedad (TC/0010/12). Juez de la instrucción: el envío del expediente procede cuando exista un proceso penal abierto contra la persona cuya propiedad haya sido retenida (TC/0184/16). Técnica del distinguishing: noción (TC/0188/14). Acción de amparo: vía efectiva para reclamar la entrega del arma de fuego pues no existe un proceso judicial penal abierto. Arma de fuego: condicionado a lo establecido en la Ley núm. 36. Ministerio de Interior y Policía: órgano oficial encargado de regular y verificar si una persona cumple con las exigencias para poder tener y portar un arma de fuego. Derecho de propiedad: se configura una violación cuando se realicen retenciones arbitrarias. Arma de fuego: la devolución ha de estar supeditada a verificarse cumplen los requisitos que establece le ley. Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Acción de amparo: acoge. Principio de oficiosidad: apreciación. Astreinte: apreciación (TC/0217/13). Astreinte: finalidad (TC/0333/14).

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18/07/2018
tc-0165-18.pdf
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