Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Lic. Smaily Yamel Rodríguez, procuradora fiscal titular de la Fiscalía de Duarte contra la Sentencia núm. 136-2019-SSEN-00128, dictada por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte del veintinueve (29) de julio del año dos mil diecinueve (2019).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Recurrido: pretendía lograr con su acción de amparo la ejecución de lo ordenado por el juez de la instrucción. Acción de amparo: es notoriamente improcedente cuando con ella se persiga ejecutar una sentencia (TC/0003/16; TC/0419/17). Juez de amparo: no ponderó las causales de inadmisibilidad. Notoriamente improcedente: causal de inadmisibilidad de la acción de amparo (art. 70.3 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmite. Voto particular: Vásquez Samuel, Bonnelly Vega y Castellanos Pizano.