Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Rubert Antonio Díaz Ferreras en contra de la Sentencia núm. 0030-03- 2020-SSEN-00295, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el diecisiete (17) de noviembre del año dos mil veinte (2020). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: satisfacción de los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12; TC/0406/14). Juez de amparo: no analizó las disposiciones legales aplicables. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al Tribunal para decidir el fondo de la acción (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento: finalidad (TC/0009/14). Acción de amparo de cumplimiento: requisitos de procedencia (arts. 104 y siguientes LOTCPC). Reclamación previa: alcance (art. 107 LOTCPC; TC/0116/16). Reclamación previa: requisito de procedencia no satisfecho. Acción de amparo de cumplimiento: improcedencia. Voto particular: Valera Montero.