Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Santiago Rodríguez Gómez, Antigua Carmen Ramona Reyes Reyes y Fermín Rodríguez de Jesús, contra la Sentencia núm. 351-2021-SSEN00092, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, el veinticinco (25) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12, TC/0071/13, TC/0406/14). Principio de congruencia: vulneración. Juez de amparo: incorrecta aplicación de la ley (art. 103 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Cosa juzgada: no se pueden interponer dos acciones de amparo con identidad de objeto, causa y partes (TC/0404/15; TC/0041/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: único recurso disponible (art. 94 LOTCPC). Cosa juzgada: causal de inadmisibilidad (art. 103 LOTCPC). Acción de amparo: inadmite