Detalle sentencia TC/0122/19

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Publicación: Miércoles 29 de Mayo , 2019 / 01:57 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2014-0039

Relativo al recurso interpuesto por la Oficina Técnica de Transporte Terrestre y el Estado dominicano contra la Ordenanza núm. 322-11-020, dictada por la Cámara Civil, Comercial y Laboral del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan el ocho (8) de abril de dos mil once (2011).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se trata de un recurso contra una sentencia en materia de amparo que se limitó a declarar la competencia del tribunal. Excepción de incompetencia: decisión: no puede recurrirse de manera separada, sino conjuntamente con la sentencia que decide el fondo de la acción de amparo (Art. 7 Ley derogada 437-06). Excepción de incompetencia: las sentencias que se limitan a resolver una excepción de incompetencia deben recurrirse conjuntamente con la que decide la acción de amparo, es decir, que no se prohíbe el recurso, pero se difiere (Art. 72 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: la decisión por la cual se determine la competencia o incompetencia del juez originalmente apoderado ha de recurrirse junto con la decisión rendida sobre el fondo de la acción de amparo de que se trate (…) (TC/0183/13; TC/0143/14; TC/0658/16). Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible. Demanda en suspensión: falta de objeto (TC/0011/13; TC/0051/13; TC/0034/13; TC/0030/14). Acoge y revoca. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos, Beard Marcos y Castellanos Pizano.

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29/05/2019
tc-0122-19.pdf
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