Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el Estado dominicano contra la Sentencia núm. 254-2012 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo del veintidós (22) de noviembre del año dos mil doce (2012).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal constitucional: competencia (art. 277 Constitución; art. 53 L0TCPC). Desistimiento: requisitos (art. 400 LOTCPC). Principio de supletoriedad: habilita al tribunal para aplicar normas del código de procedimiento civil (TC/00 16/12). Desistimiento: usualmente se requiere la notificación de su aceptación, pero como la decisión no generará ningún agravio, se omite dicho requisito. Acto de desistimiento: homologa revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se ordena el archivo definitivo.