Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Ceila Licelot Encarnación Minyety contra la Sentencia núm. TSE-754-2020, dictada por el Tribunal Superior Electoral el veintitrés (23) de julio de dos mil veinte (2020). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Acción de amparo: es notoriamente improcedente cuando se hayan apoderado varias jurisdicciones con el mismo propósito (TC/0116/18). Juez de amparo: correcta aplicación de la Ley. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite y rechaza. Voto particular: Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.