Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la señora Elizabeth Yissel Rosario contra la Sentencia núm. 0030-04-2022-SSEN00083, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el quince (15) de febrero de dos mil veintidós (2022). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Juez de la instrucción: le corresponde decidir sobre la devolución de bienes incautados en el marco de un proceso o investigación penal (TC/0464/16). Acción de amparo: persigue impedir la venta de un bien ya subastado. Juez de la instrucción: no es la vía idónea. Jurisdicción civil ordinaria: vía judicial efectiva (art. 608 CPC). Demanda en distracción de bienes embargados: alcance (TC/0244/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: habilita al tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Jurisdicción civil: vía judicial efectiva (TC/0035/14). Vía judicial efectiva: causal de inadmisibilidad de la acción (art. 70.1 LOTCPC). Acción de amparo: inadmite.