Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Andry Reynaldo Crisóstomo Parra contra la Sentencia núm. 0030-03-2022-SSEN00060, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintiocho (28) de febrero del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Acción de amparo: es inadmisible cuando con ella se pretenda tutelar los derechos de los policías y militares desvinculados (TC/0235/21). Recurso contencioso administrativo: vía judicial efectiva (TC/0235/21). Revisión constitucional de sentencia de amparo: precedente aplicable (TC/0235/21). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmite (art. 70.1 LOTCPC). Voto particular: Vásquez Samuel.