Recurso de casación y solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por la Universidad Católica de Santo Domingo (UCSD) y su rector, reverendo padre Dr. Ramón Alonso, contra la Sentencia núm. 0995/2010, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diecisiete (17) de septiembre de dos mil diez (2010).
Recurso de casación: Competencia. Suprema Corte de Justicia: único tribunal competente para conocer de los recursos de casación en su calidad de Corte de Casación. Ley 3726 sobre el Procedimiento de Casación. Recurso de casación: Tercera Disposición Transitoria de la Constitución Dominicana del año 2010 (TC/0064/14). Recurso de casación: su interposición constituye una situación jurídica consolidada. (TC/0064/14 y TC/0220/14) Recurso de casación: Principio de oficiosidad: la ley 137-11 faculta al Tribunal Constitucional para recalificar el recurso de casación en un recurso de revisión constitucional. Revisión constitucional de sentencia de amparo. Educación superior: el Estado está dotado de un mandato prestacional, en el caso de las universidades, el órgano conformado al efecto es el Ministerio de Educación Superior de Ciencia y Tecnología (MEESCYT) (Art. 63 Constitución). Educación superior: constituye una función pública (Ley 139-01). Debido proceso: derecho de defensa y contradicción. Universidad Católica de Santo Domingo (UCSD): procedimiento sancionador. Debido proceso: sus reglas se aplicarán a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas (Art. 69.10 Constitución). Debido proceso: incumplimiento de formalidades a estudiantes amonestados. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza. Suspensión de ejecución de sentencia. Carece de objeto.