Detalle sentencia TC/0086/20

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Publicación: Viernes 28 de Febrero , 2020 / 02:11 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0207

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Gilberto López Adrián contra la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00135, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de mayo de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Apreciación (TC/0007/12). Acción de ampro: Otra vía: (…) que existan otras vías judiciales que permitan de manera efectiva obtener la protección del derecho fundamental invocado (art. 70.1 LOTCPC). Recurso contencioso administrativo: Vía efectiva para dirimir conflictos surgidos a partir de la desvinculación de algún funcionario o empleado público (TC/0004/16); (Ley 13-07). Acción de amparo: (…) el procedimiento previsto para la acción de amparo es sumario, lo cual impide que una materia como la que nos ocupa pueda instruirse de manera efectiva (…) (TC/0030/12; TC/0004/16). Acción de amparo: Admitir que los conflictos de índole laboral, ya sean ante entes privados o públicos, puedan ser conocidos en la jurisdicción de amparo, equivaldría a la desnaturalización de esta institución y al entorpecimiento de la labor de los jueces que la conocen (TC/0004/16). Recurso contencioso administrativo: Está habilitado para dictar medidas cautelares y en este sentido, evitar, en caso de ser necesario, que la accionante en amparo sufra un daño irreparable (art. 7 Ley 13-07). Otra vía: Recurso contencioso administrativo (TC/0030/12). Acción de amparo: (…) en los casos en que se declare la acción inadmisible por existencia de otra vía eficaz, esta operaría como una de las causales de interrupción civil de la prescripción. Prescripción del plazo: La interrupción civil operará en todos los casos en los que la acción de amparo haya sido declarada inadmisible porque existe otra vía efectiva, independientemente de la fecha en que la acción de amparo haya sido incoada, inicia a partir de la notificación de esta sentencia (TC/0358/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos, Jiménez Martínez, Vásquez Sámuel, Castellanos Pizano.

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28/02/2020
tc-0086-20-tc-05-2019-0207.pdf
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