Detalle sentencia TC/0085/20

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Publicación: Viernes 28 de Febrero , 2020 / 02:11 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2018-0083

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por José Ardilio Núñez Rodríguez contra la sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de enero de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Plazo (30 días): Franco y calendario (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Satisfecho el requisito de la invocación formal previa (art. 53.3 [a] LOTCPC); (TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Satisfecho requisito del agotamiento de los recursos disponibles (art. 53.3 [b] LOTCPC); (TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: No satisfecho el requisito que exige que la violación del derecho fundamental sea imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (art. 53.3 [c] LOTCPC) (TC/0057/12; TC/0039/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Los efectos de la sentencia TC/0489/15 fueron diferidos por un período de un (1) año. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: No cumple con los requisitos establecidos por el numeral tres (3) del art. 53 de la Ley 137-11. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Inadmisible. Voto particular: magistrados Beard Marcos, Valera Montero, Castellanos Pizanos y Vásquez Sámuel.

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28/02/2020
tc-0085-20-tc-04-2018-0083.pdf
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