Detalle sentencia TC/0084/21

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Publicación: Miércoles 20 de Enero , 2021 / 09:50 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0251

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Francisco Peguero de León, contra: a) la Resolución núm. 4531-2012 dictada el 23 de marzo de 2012 por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia; b) la Sentencia núm. 82 dictada el 9 de abril de 2008 por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo; y c) la Sentencia núm. 770 dictada el 2 de abril de 2007 por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Sentencias firmes. (TC/0130/13; TC/0091/12; TC/0051/13; TC/0053/13; TC/0107/14; y TC/0100/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: las sentencias no gozan de la autoridad irrevocablemente juzgada (TC/0153/17; TC/0176/17; TC/0746/18). Sentencias núms. 82 y 770: Revisión Constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Resolución número 4531-2012: Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: criterio de admisibilidad (art. 185.4 y 277 Constitución). Requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (art. 53.3 a y b; TC/0123/18). Derechos fundamentales: no vulneración. No vulneración: aplicación por los tribunales de las normas legales establecidas (TC/0057/12; TC0274/13; TC/ 0046/16 y TC/0363/16). Suprema Corte de Justicia: deber de comprobar la adecuada aplicación de la ley. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no es imputable de modo directo e inmediato a la suprema corte. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrados Vásquez Sámuel, Acosta de los Santos, Castellanos Khoury; Valera Montero; Castellanos Pizano y Beard Marcos.

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16/04/2021
tc-0084-21-tc-04-2019-0251.pdf
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