Detalle sentencia TC/0067/18

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Publicación: Viernes 23 de Marzo , 2018 / 12:04 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2017-0005

Relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo entre el gobierno de la República Francesa y el gobierno de la República Dominicana sobre el empleo de los cónyuges de agentes de misiones oficiales de cada Estado con el otro Estado”, suscrito en fecha dieciocho (18) de abril del año dos mil diecisiete (2017). 

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad. Acuerdo entre el gobierno de la República Francesa y el gobierno de la República Dominicana sobre el empleo de los cónyuges de agentes de misiones oficiales de cada Estado con el otro Estado. competencia (Arts. 6 y 185.2 Constitución; Arts. 9, 55, 56 y 57 LOTCPC). Control preventivo de constitucionalidad: recepción (Art. 26.4 Constitución TC/0037/12). Acuerdo entre el gobierno de la República Francesa y el gobierno de la República Dominicana sobre el empleo de los cónyuges de agentes de misiones oficiales de cada Estado con el otro Estado: objetivo: agentes diplomáticos (Art. 42 Convención de Viena). Supremacía constitucional: noción (Art. 6 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad: sujeción de la norma laboral: derecho al trabajo (Art. 62 Constitución). Acuerdo entre el gobierno de la República Francesa y el gobierno de la República Dominicana sobre el empleo de los cónyuges de agentes de misiones oficiales de cada Estado con el otro Estado: reconocimiento de la unión de hecho: concepto de cónyuge: derecho a la familia (Art. 55.5 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad: privilegios e inmunidades: material civil y administrativa. Control preventivo de constitucionalidad: Sujeción a la jurisdicción de los tribunales dominicanos: poder judicial (Art. 149 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad: sujeción al régimen fiscal y de seguridad social: seguridad social: derecho (Art. 60 Constitución y Art. 5 Ley 87-01). Seguridad social: código de trabajo art. 201. Control preventivo de constitucionalidad: conforme con la constitución.

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23/03/2018
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