Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Luis Orlando Pérez Ayuso contra la Sentencia núm. 0030-03-2023-SSEN-00077 dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de marzo de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Defecto fáctico: configuración y manifestación (TC/0058/22). Defecto fáctico negativo: se configura. Acción de amparo de cumplimiento: requisito y plazo. (art. 107 LOTCPC). Juez de amparo: incurrió en un error in iudicando. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de economía procesal: aplicación (TC/0071/13). Acción de amparo de cumplimiento. Acto administrativo: no procede su conocimiento a través de una acción de amparo de cumplimiento. Acción de amparo de cumplimiento: objetivo y naturaleza (arts. 104 y siguientes LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: no procede cuando se interpone con la exclusiva finalidad de impugnar la validez de un acto administrativo. Acto administrativo: noción. Jurisdicción contenciosa administrativa: vía judicial idónea para el conocimiento de acto administrativo. Jurisdicción contenciosa administrativa: competente. Acción de amparo de cumplimiento: improcedente. Voto particular: Beard Marcos y Reyes Torres.