Detalle sentencia TC/0002/17

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Publicación: Miércoles 04 de Enero , 2017 / 03:39 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0332

recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el señor Miguel Severino Peralta contra la Sentencia núm. 00407- 2015, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el seis (6) de octubre de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo (Art. 95 LOTCPC). Plazo: 5 días contados a partir de la notificación de la sentencia (Art. 95 LOTCPC). Acción de amparo: causal de inadmisibilidad por ser manifiestamente infundada. Causales de inadmisibilidad: cuando toda posibilidad de que a través de su cauce pueda ser tutelado el derecho fundamental. Causales: cosa juzgada (TC/0294/14). Causales: pretensiones absurdas, insólitas, imposibles, respecto de las cuales, claramente, no estuvieran envueltas violaciones de derechos fundamentales (TC/0306/15). Acción de amparo: avocación: principio de economía procesal (TC/0071/13; TC/0185/13; TC/0012/14; TC/0127/14). Sistemas de pensiones: la Ley 87-01 mantiene vigentes varios sistemas de pensiones establecidos mediante las leyes 896 y 379. Sistemas de pensiones: límites al beneficio. Límites: actuales pensionados, jubilados, afiliados en proceso de retiro y a la población que permanecerá en dicho sistema. Tribunal Constitucional: resulta incompatible que un mismo sujeto se beneficie del derecho a cobrar dos pensiones bajo igual régimen. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge y revoca. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
tc-0002-17.pdf
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