Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el señor José Rigoberto Alcántara Benítez (Raudi) contra la Sentencia núm. 1470 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad satisfecho (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Alegación de vulneración de derechos fundamentales: requisito de admisibilidad satisfecho (art. 53.3 a y b LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: fue interpuesto en tiempo oportuno (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24). Imputabilidad de vulneración de derechos fundamentales: debe ser a consecuencia de una acción u omisión del órgano jurisdiccional, y esta, a su vez, debe ser inmediata y directa (art. 53.3.c LOTCPC; TC/0300/19). Imputabilidad de vulneración de derechos fundamentales: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 53.3.c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.