Detalle sentencia TC/1628/25

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Publicación: Martes 30 de Diciembre , 2025 / 10:25 P. M.

Referencia: TC-05-2025-0021

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la sociedad comercial FGF Vessel, LTD, contra la Sentencia Penal núm. 196-2024- SSEN-00199, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Romana el trece (13) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión Constitucional de sentencia de amparo: se cumplen con todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12; TC/0406/14; TC/0109/24). Exclusión: es un medio de defensa que, con ocasión de un proceso de amparo, puede emplear la parte accionada o que haya sido llamada a defenderse con el fin de desvincularse del proceso y evitar la oponibilidad de la decisión. Solicitud de exclusión: rechaza, pues la institución formó parte del proceso. Juez de amparo: actuó incorrectamente al inadmitir la acción por la existencia de otra vía judicial efectiva. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de celeridad: habilita al Tribunal para conocer el fondo de la acción (TC/0071/13). Juez de amparo: ya se pronunció sobre una acción de amparo interpuesta previamente que perseguía las mismas pretensiones. Tribunal Constitucional: decidió un recurso de revisión interpuesto contra la sentencia de amparo ya conocida (TC/0173/20). Acción de amparo: ante su desestimación ningún otro juez puede conocer alguna otra acción que procure lo mismo (art. 103 LOTCPC; TC/0046/19). Cosa juzgada: definición y alcance (TC/0436/16). Cosa juzgada: causal de inadmisibilidad de la acción. Acción de amparo: inadmisible. 

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14/01/2026
tc-1628-25-tc-05-2025-0021.pdf
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