Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Buenaventura Mateo Tejada contra la Sentencia núm. 0661/2021 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 85.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0543/15; TC/0383/17; TC/0123/18; TC/0409/24; TC/0440/24; TC/0489/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se inadmite en relación a una de las faltas planteadas vinculada con la no valoración de que los recurridos eran extranjeros y que la notificación dirigida a ellos se realizó en su domicilio de elección. Derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso: definición y naturaleza de sus garantías (TC/0535/15; TC/0427/16; TC/0110/13; TC/0489/15). Derecho al recurso: definición y configuración legislativa (arts. 69.9 y 149 párrafo II Constitución; TC/0461/15; TC/0563/15; TC/0098/17). Derecho al recurso: solo podría ser transgredido por la existencia de trabas u obstáculos irrazonables que hagan inexistente el ejercicio de una vía recursiva (TC/0098/17). Recurso de casación: por su función sistémica no ha sido concebido como una nueva instancia, por lo que con su caducidad no se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (TC/0270/13; TC/0111/16). Formalismo procesal: relevancia. Recurso de casación: correcta declaratoria de caducidad (art. 7 Ley 3726). Derechos fundamentales: no vulneración (art. 69 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos