Detalle sentencia TC/1543/25

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Publicación: Martes 30 de Diciembre , 2025 / 10:21 P. M.

Referencia: TC-05-2025-0042

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la señora Marisol Morey Álvarez de Santana contra la Sentencia núm. 0030-1643 2024-SSEN-00924, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0071/13; TC/0406/14; TC/0109/24). Juez de amparo: aplicó erróneamente las normas jurídicas al no verificar si se cumplían o no los requisitos legales relativos a la acción de amparo de cumplimiento (arts. 104, 105, 106, 107 y 108 LOTCPC). Accionante: en realidad persigue el reajuste de una pensión. Jurisdicción contenciosa administrativa: le corresponde estatuir sobre el reajuste de las pensiones (TC/0283/23; TC/0234/24). Juez de amparo: debió recalificar la acción. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Principio de celeridad: habilita al Tribunal para conocer la acción (TC/0071/13). Tribunal Constitucional: por la naturaleza de las pretensiones de la accionante recalifica la acción como un amparo ordinario (TC/0217/18). Acción de amparo: no es la vía judicial efectiva para procurar la readecuación de una pensión. Recurso contencioso administrativo: vía judicial efectiva (TC/1202/24; TC/0019/25). Otra vía judicial efectiva: opera como causal civil del plazo de prescripción (TC/0358/17). Acción de amparo: inadmite.

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07/01/2026
tc-1543-25-tc-05-2025-0042.pdf
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