Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Nelson Durán Mora y José Francisco Durán Mora contra la Sentencia núm. 001-022-2020-SSEN 00252 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de marzo de dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: invalidez de la notificación de la sentencia por no ser hecha a domicilio de la persona (TC/0109/24). Plazo: se tomará como punto de inicio para su computo la fecha en que el recurrente tuvo conocimiento de la decisión cuestionada (TC/0239/13; TC/0474/19). Recurrente: se comprueba que tuvo conocimiento de la sentencia mucho tiempo antes de interponer el recurso (art. 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: extemporáneo. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmite.