Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Camilo Tomás Rodríguez Rodríguez contra la Resolución núm. 00319/2021, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de junio del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53, 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0543/15; TC/0123/18; TC/0109/24). Recurrente: debió demostrar que la notificación del auto se produjo en una fecha distinta a la señalada por la Corte de Casación. Recurrente: ante la ausencia de prueba en contrario se valida el cómputo hecho por la Corte de Casación (TC/0121/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.