Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la sociedad Caribbean Molecular, S.A. contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22- 1374, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de abril del dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Derecho de defensa: requiere de un ejercicio activo por las partes en los momentos procesales donde corresponda. Tribunal Constitucional: el hecho de que un magistrado, por su propia convicción, decida no inhibirse de un caso sometido a su conocimiento, no configura en sí misma una violación a la Constitución, pero tampoco imposibilita a la parte interesada de iniciar el procedimiento legalmente establecido para su recusación. Recurrente: no demostró por ningún medio que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia no se encontraba debidamente constituida para conocer su recurso de casación. Recurrente: no realizó ninguna diligencia para recusar el juez y, en consecuencia, no se produjo ni demostró ningún vicio en cuanto a la composición de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia. Derecho a la tula judicial efectiva y debido proceso: no vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.