Relativo a la solicitud de liquidación de astreinte interpuesta por el señor Carlos Eddy Cabrera Villanueva, relativo a la Sentencia TC/296/24, dictada por el Tribunal Constitucional el quince (15) de agosto de dos mil veinticuatro (2024).
Solicitud de liquidación de astreinte. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 50, 87 párrafo II, y 93 LOTCPC; TC/0438/17). Juez de amparo: podrá pronunciar astreintes con el mismo objeto de constreñir al agraviante al efectivo cumplimiento de lo ordenado (art. 93 LOTCPC). Solicitud de liquidación de astreinte: criterios de procedencia (TC/0347/21). Sentencia TC/0296/24: fue notificada a la Dirección General de la Policía. Plazo para el cumplimiento de lo ordenado: se encuentra vencido. Dirección General de la Policía Nacional: no ha dado cumplido lo ordenado (TC/296/24). Solicitud de aumento del monto de la astreinte: no existen presupuestos que justifiquen su incremento (TC/0182/21). Sentencia TC/0296//24: carácter definitivo por lo que debe mantenerse el monto fijado por el Tribunal Constitucional. Solicitud de aumento del monto de la astreinte: rechaza. Solicitud de liquidación de astreinte: admite, acoge y establece.