Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoada por los señores Lorenzo Areche Melo, Joaquín Guerrero Garrido, Miguel Polanco Vásquez, Víctor Luis Pinales Germán, Edwin Pérez, Juan Manuel Herrera Espinosa y Amos Jean Pierre respecto de la Sentencia núm. SCJ-SS-24-0755, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de junio de dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: solo puede ser ejercida en el curso de una instancia (TC/0110/24). Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: procura la protección provisional de un derecho o interés (TC/0232/22). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: solo debe responder a situaciones muy excepcionales (TC/0255/13; TC/0040/14; TC/0243/14). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: se debe motivar y probar que se causaría un daño insubsanable o de difícil reparación (TC/0513/19). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: criterios de procedencia (TC/0250/13). Demandante en suspensión: sus argumentos están dirigidos a alegadas vulneraciones a derechos fundamentales incurridos por las sentencias dictadas durante el proceso. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: se establecen aspectos propios de ser valorados durante el conocimiento del recurso de revisión de decisión jurisdiccional (TC/0329/14). Demandante en suspensión: argumenta un daño a futuro e incierto sobre terceros. Demandante en suspensión: no logran demostrar una gravedad especial que justifique la imposición de la suspensión. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: admite y rechaza.