Detalle sentencia TC/1284/25

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Publicación: Jueves 04 de Diciembre , 2025 / 07:20 P. M.

Referencia: TC-04-2024-1124

Relativo al recurso revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Francisco Antonio de Aza y Rubén Darío Tejada Jiménez contra la Sentencia núm. 268, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el primero (1 ero) de abril de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0327/22). Validez de la notificación: debe ser realizada a persona o domicilio (TC/0109/24; TC/0163/24). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: solo procede en contra de sentencias con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada que pongan fin al objeto del litigio. Sentencia recurrida: no se resuelve el fondo del proceso, sino que se soluciona un incidente que rechazó el incidente de extinción de la pena. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el Poder Judicial todavía se encuentra apoderado del caso para conocer del fondo del proceso en materia penal. Sentencia recurrida: no es susceptible de ser recurrida mediante el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se interpone contra sentencias firmes (TC/0130/13). Cosa juzgada formal y material: distinción (TC/0153/17). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: requisito de admisibilidad no satisfecho (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: Beard Marcos.

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04/12/2025
tc-1284-25-tc-04-2024-1124.pdf
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