Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Antonio Cortorreal Castellanos, contra la Sentencia núm. 0575/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticuatro (24) de julio de dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0409/24). Continuidad del criterio jurisprudencial: radica en que la variación del mismo, sin una debida justificación, constituye una violación a los principios de igualdad y de seguridad jurídica (TC/0551/20). Suprema Corte de Justicia: no incurrió en un cambio injustificado de precedente ni en una contradicción de fallos. Suprema Corte de Justicia: ha precisado que el estado de indivisión sobrevenido entre sus herederos no constituye un obstáculo para la subasta ni justifica el sobreseimiento del procedimiento de embargo. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no vulneración. Suprema Corte de Justicia: ha aplicado criterios jurisprudenciales distintos a escenarios procesales diferentes en atención a sus particularidades. Contradicción de fallos: no se configura. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: carece de objeto. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.