Detalle sentencia TC/1252/25

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Publicación: Jueves 20 de Noviembre , 2025 / 10:33 A. M.

Referencia: TC-04-2024-0817

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Francisco Garó contra la Sentencia núm. SCJ-SS-22-1003, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24, TC/0123/18; TC/0007/12). Principio electa una via: limitación al derecho de opción que asiste a la víctima respecto del ejercicio de la acción civil derivada de la comisión de un hecho punible (art. 50 CPP). Principio electa una via: forma parte integrante de las garantías del debido proceso (TC/0068/16). Principio electa una via: la prohibición establecida en el artículo 50 del Código Procesal Penal se refiere de manera estricta y exclusiva al ejercicio de la acción civil en calidad de accesoria a la penal, y no afecta en modo alguno la persecución penal pública. Suprema Corte de Justicia: incurrió en una errónea interpretación del principio electa una via, al derivar de su aplicación una absolución total respecto de los hechos imputados en la acusación pública. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: las conductas atribuidas a la parte recurrida constituyen infracciones penales calificadas como delitos por mandato expreso de la Ley núm. 241. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el ejercicio de la acción penal pública se encontraba jurídicamente supeditada a la interposición y mantenimiento de una instancia privada por parte de la víctima (art. 31 CPP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no se ha acreditado la existencia de un desistimiento expreso de la instancia privada interpuesta por la víctima. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no resultaba procedente extinguir la acción penal, por supuesta vulneración al principio electa una via. Recurrente: le estaba vedado constituirse como actor civil en el proceso penal, en virtud del principio electa una via. Suprema Corte de Justicia: interpretación errónea y aplicación incorrecta del principio electa una via (art. 50 CPP). Tutela judicial efectiva y debido proceso: vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.

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20/11/2025
tc-1252-25-tc-04-2024-0817.pdf
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