Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Alexander Enriquillo Luciano Castillo, Maira Milagros Olivier Díaz, Pablo José de Jesús Rodríguez, Cristina Martínez, Enrique Evaristo de la Cruz Jiménez, Plácido Apolinar Madera Cid, Domingo Alberto Antonio Peña García y Virginia PayánPayán Felipe de Familia contra la Sentencia núm. 033-2021-SSEN01067, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de octubre del dos mil veintiuno (2021).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0109/24; TC/0163/24; TC/0001/18; TC/0130/13; TC/0123/18; TC/0007/12; TC/0409/24). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Derecho a ser oído: fundamento constitucional (art. 69.2 Constitución). Juez competente o natural: ser juzgado por el juez predeterminado por la ley constituye una garantía procesal con carácter de derecho fundamental (TC/0206/14; TC/0079/14). Juez competente o natural: doble finalidad (TC/0206/14). Competencia de atribución: noción (TC/0498/19). Cámaras reunidas de la Suprema Corte de Justicia: será competente de conocer un segundo recurso de casación relacionado con el mismo punto (art. 15 Ley 25-91). Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia: al conocer el recurso de casación sobre un mismo punto de derecho conocido en un recurso de casación anterior relativo al mismo caso, violó el derecho al juez natural. Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia: debió declinar el caso en cuestión a las Salas Reunidas. Derecho al juez natural: vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y envía.