Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la razón social Metro Country Club, S. A., contra la Sentencia núm. SCJ-SR-22- 0043, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el uno (1) de diciembre de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad satisfechos (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 54.2 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0095/21; TC/0109/24; TC/0123/18; TC/0007/12). Tribunal Constitucional: al revisar una sentencia, no puede entrar a valorar las pruebas y los hechos de la causa (art. 53.3.c LOTCPC; TC/0327/17). Corte de Casación: su función es verificar si el derecho fue bien o mal aplicado (TC/0492/21). Estado social y democrático de derecho: su función es garantizar los derechos de las personas (arts. 7 y 8 Constitución). Principio de seguridad jurídica: definición (TC/0100/13). Principio de legalidad: configuración (arts. 40.13 y 40.15 Constitución). Suprema Corte de Justicia: ya estatuyo sobre la excepción adimpleti contractus señalando que no han cambiado su criterio. Principios de legalidad y de seguridad jurídica: no vulneración, pues el recurso de casación fue correctamente rechazado. Derecho a la tutela judicial efectiva: naturaleza y alcance (TC/0489/15). Principio del debido proceso: definición (TC/0331/14; TC/0079/14). Derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva: el rechazo del recurso de casación no implica su vulneración. Salas reunidas de la Suprema Corte de Justicia: ejercicio de sus competencias y atribuciones. Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.