Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Policía Nacional Dominicana y su director general en contra de la Sentencia núm. 547-2024-SSEN-00075, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la provincia Santo Domingo el diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0122/15; TC/0195/15; TC/0007/12). Derecho a ejecutar lo decidido: naturaleza y configuración (art. 149 Constitución; TC/0105/14). Jueces: deber de determinar si el mandato judicial fue cumplido (TC/0182/21; TC/0333/22). Policía Nacional: cumplió con el mandato judicial. Autoridad pública: deber de agilizar los procedimientos administrativos (TC/0056/24). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Aristy Payano.