Concernientes, respectivamente, al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuestos por el señor Luis Diego Sarabia Pérez contra la Sentencia núm. 447-01-2023-SCON-00130, dictada por la Sala Civil del Primer Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional el veintidós (22) de mayo de dos mil veintitrés (2023).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Demanda en suspensión de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 54.8 y 94 LOTCPC). Fusión de expedientes: procedencia y finalidad (TC/0094/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: el punto de partida es la fecha de notificación (art. 95 LOTCPC). Notificación: es válida cuando se haga a los abogados siempre que sean los mismos en ambas etapas procesales, y que no se genere ningún agravio al derecho de defensa (TC/0217/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: fue notificada a la abogada de la parte recurrente. Revisión constitucional de sentencia de amparo: el recurso fue interpuesto fuera de plazo (art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: extemporáneo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmisible. Demanda en suspensión: inadmisible por falta de objeto. Voto particular: Vásquez Sámuel y Beard Marcos.