Detalle sentencia TC/0777/25

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Publicación: Martes 16 de Septiembre , 2025 / 04:07 P. M.

Referencia: TC-04-2024-0851

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom) contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-1199, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el dieciséis (16) de diciembre de dos mil veintidós (2022).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53.3 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfacción de todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0409/24). Suprema Corte de Justicia: actuó correctamente al declarar la caducidad del recurso de casación (arts. 643 CT; y 7 Ley 3726). Test de la debida motivación: criterios de aplicación (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Audiencia pública: no era una formalidad necesaria conforme a la legislación entonces vigente (TC/0296/23). Derecho a la tutela judicial efectiva: la declaratoria de caducidad del recurso de casación no implica su vulneración (TC/0121/24). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Reyes Torres.

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16/09/2025
tc-0777-25-tc-04-2024-0851.pdf
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