Relativo a la solicitud de liquidación de astreinte interpuesta por los Sres. Juan Martínez Salcedo y Polonia de la Cruz, Wilton Martínez Almonte, Cevero Israel Abreu Almánzar y Juan Carlos Martínez Monegro en contra del Instituto Agrario Dominicano (IAD) y su director general, con ocasión de la Sentencia TC/0234/22, emitida el cuatro (4) de agosto de dos mil veintidós (2022) por el Tribunal Constitucional.
Solicitud de liquidación de astreinte. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 50, 87, 89 y 93 LOTCPC; TC/0438/17). Astreinte: la liquidación es responsabilidad del tribunal que la ordenó (TC/0336/14). Tribunal Constitucional: le corresponde liquidar las astreintes por el ordenadas en el marco de un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo (TC/0438/17). Derecho a ejecutar lo decidido: garantía que integra el debido proceso (TC/0105/14). Precedentes constitucionales: carácter vinculante (TC/0409/22). Astreinte: es obligación de los jueces verificar su liquidación (TC/0055/15). Sentencia TC/0234/22: fue debidamente Solicitud de liquidación de astreinte. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9, 50, 87, 89 y 93 LOTCPC; TC/0438/17). Astreinte: la liquidación es responsabilidad del tribunal que la ordenó (TC/0336/14). Tribunal Constitucional: le corresponde liquidar las astreintes por el ordenadas en el marco de un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo (TC/0438/17). Derecho a ejecutar lo decidido: garantía que integra el debido proceso (TC/0105/14). Precedentes constitucionales: carácter vinculante (TC/0409/22). Astreinte: es obligación de los jueces verificar su liquidación (TC/0055/15). Sentencia TC/0234/22: fue debidamente