Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Thelma Carolina Vásquez Moya, Manuel Rafael Bros Vásquez y Bruno Moisés Tercero Bros Vásquez, contra la Sentencia núm. 1527/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de octubre de dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 227 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (arts. 277 Constitución; y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53.3 LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la violación al derecho fundamental no es imputable de modo inmediato y directo a una acción u omisión del órgano jurisdiccional (art. 53.3 c LOTCPC; TC/0057/12). Imputabilidad de la vulneración al órgano jurisdiccional: requisito no satisfecho (art. 53.3 c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: Vásquez Sámuel, Santana Cabrera, Castellanos Pizano y Beard Marcos.