Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom), contra la Resolución núm.033-2023-SRES-00785, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el treinta y uno (31) de agosto del dos mil veintitrés (2023). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Vencimiento de plazos: son normas de orden público por lo que su incumplimiento no puede ser subsanado o posteriormente cubierto (TC/0543/15). Suprema Corte de Justicia: correcta de aplicación de la norma (art. 7 Ley 3726). Suprema Corte de Justicia: ha salvaguardado los derechos y garantías fundamentales de la parte recurrente. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.